Exámenes de salud
Exámenes de ingreso
Los exámenes de ingreso tiene como propósito determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofísicas para el desempeño de las actividades que se requerian, según ley 19.587 y ley 24.557. Su realización es de carácter obligatorio debiendo efectuarse de manera previa al inicio de la realización laboral. Es responsabilidad de empleador.
Exámen previo a transferencia de actividad
Este examen deberá efectuarse antes del cambio efectivo de tareas. Es de carácter obligatorio cuando dicho cambio implique el comienzo de una eventual exposición a agentes de riesgo, relacionados con las tareas anteriormente desarrolladas. La realización de estos exámenes es responsabilidad del empleador.
Cuando el cambio de tareas conlleve cese de la eventual exposición a los agentes de riesgo será de carácter optativo. La realización de este examen será responsabilidad del empleador auto asegurado.
Exámenes periódicos
Su objetivo es la detección precoz de afecciones producidas por aquellos agentes de riesgo a los cuales se encuentra expuesto con motivo de sus tareas, con el fin de evitar el desarrollo de enfermedades. Su realización es de carácter obligatorio cuando existía exposición a agentes de riesgo, debiendo efectuarse con la frecuencia establecida de acuerdo a estos agentes. La realización de estos exámenes es responsabilidad de la aseguradora o empleador auto asegurado.
Exámenes de egreso
Tendrá como propósito comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que hubiere sido expuesto el trabajador al momento de la desvinculación.
Tiene carácter optativo y se llevaran a cabo entre los diez (10) y treinta (30) días posteriores a la terminación de la relación laboral. La realización de este será responsabilidad de la aseguradora o empleador auto asegurado.